Los comparecientes manifiestan que han convenido en constituir una sociedad anónima de capital variable que se regirá por las siguientes cláusulas:
Las asambleas generales de accionistas podrán ser ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio social, para discutir y aprobar el balance general, el estado de resultados y la distribución de utilidades, así como para designar administradores y comisarios.
Sí, pero asume responsabilidad ilimitada. Si un cliente lo demanda por vicios ocultos en una losa, sus bienes personales (casa, auto) están en riesgo. La figura de Persona Moral es más segura.
La sociedad tiene por objeto principal:
La empresa podrá disolverse y liquidarse en los casos previstos por la ley.
ARTÍCULO OCTAVO. La administración de la sociedad estará a cargo de un Administrador Único o un Consejo de Administración, según lo decida la Asamblea General Ordinaria de Accionistas. En este acto, se designa como ADMINISTRADOR ÚNICO al señor CARLOS GARCÍA LÓPEZ.